Pago anticipado del 80% de lo facturado, hasta 3000€
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Se podrá conceder para la mejora de la competitividad de la actividad empresarial o profesional de las personas beneficiarias de esta orden, mediante pago anticipado, una subvención de un 80% de la actividad que se subvencione con un límite máximo de 3.000 euros.
Beneficiarios
- Autónomos con más de 42 meses de actividad ininterrumpida
- Con domicilio fiscal en Galicia
- Que tengan un rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declarados en la declaración del IRPF anual inferior a 30.000 euros
- Y una facturación mínima anual de 12.000 euros, IVA incluído, declarados en el año anterior al de la convocatoria
Plazo para presentar la solicitud
Hasta el 2 de agosto de 2019
Pregunta sin miedo
Si estás pensando en hacer una web y cumples las condiciones de los beneficiarios, no dudes en contactar con nosotros, cubriendo el formulario que tienes aquí debajo. Para más información aquí tienes la ORDEN de 19 de junio de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras del programa del bono de las personas autónomas.
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